La Unión Europea ha anunciado una nueva normativa sobre el equipaje de mano en los aeropuertos y que entrará en vigor a partir del próximo 1 de septiembre.
Esta medida afecta únicamente a aquellos aeropuertos que tengan instalados escáneres C3, los cuales permiten llevar en el equipaje de mano líquidos sin restricción en cuanto a la cantidad. Sin embargo, a partir del próximo mes, tan solo se permitirán envases de un máximo de 100 ml.
Una medida de carácter temporal
Esta medida es de carácter temporal (pues alegan que el sistema ha de revisarse) por lo que vuelven las limitaciones. Este tipo de escáneres son los más avanzados en cuanto a detección, lo que permite a los pasajeros llevar líquidos sin restricciones, así como guardar dispositivos electrónicos sin tener que sacarlos de la maleta al pasar el control de seguridad.
Si bien, aquellos aeropuertos que hayan invertido en estos costosos aparatos no podrán amortizar lo invertido. Los escáneres C3 son ocho veces más caros que las máquinas de rayos X convencionales y también es cuatro veces más caros los costes de mantenimiento. El hecho de que se trate de una tecnología reciente, sumada a su elevado coste, hace que su instalación en los aeropuertos se esté haciendo de forma muy lenta.
El funcionamiento de estos dispositivos se basa en tomografía computarizada que genera imágenes tridimensionales de alta resolución de los objetos que hay dentro del equipaje, lo que supone una mejor detección de posibles amenazas, reduce los falsos positivos y facilita el revisado de equipajes, ya que no se hace necesario sacar los líquidos ni los dispositivos electrónicos, evitando largas colas y aglomeraciones en los controles.
Cambios en el equipaje de mano
La Ley de Navegación Aérea establece que el billete debe de incluir en el precio un bulto de equipaje de mano, pero no especifica límites de medidas o peso.
En cambio, la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) sugiere que las medidas sean de 55 cm x 35 cm x 20 cm y no dice nada del peso. Las aerolíneas low-cost establecen estas medidas y limitan el peso a 8kg normalmente. Por su parte, la Comisión Europea plantea que las dimensiones del equipaje de mano sean ligeramente diferentes: de 55 cm x 40 cm x 22 cm y un máximo de 10 kilogramos.
La normativa en cuanto a los equipajes en los aeropuertos no ha estado exenta de polémicas. El pasado mes de mayo, cuatro aerolíneas (Ryanair, Volotea, Vueling y EasyJet) fueron multadas por el Ministerio de Consumo por cobrar el equipaje de cabina a sus pasajeros. Dicha multa ascendió a 150 millones de euros, siendo la mayor impuesta por las autoridades por prácticas contra los clientes.